DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto de hecho y Derecho. Este TRIBUNAL QUINTO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al Acusado de autos, JOSE ANTONIO SALINAS, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 20-11-1982, De profesión u oficio comerciante, Titular de la Cedula de Identidad N° V-16.456.151, Soltero, hijo de Celia Miquelena y padre desconocido, residenciado en Sector Panamericano, Barrio la Conquista, Calle 60D, Av. 84, numero de casa 84-11, Maracaibo, Estado Zulia, DOS (02) AÑO Y DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, mas las penas accesorias establecidas en el Código Penal. Por el delito de ROBO EN FIGURA DE ARREBATON, previsto y sancionado en el articulo 456 primera parte del Código Penal, en perjuicio de ANDRY CAROLINA TERAN MATHEUS, Y ASI SE DECIDE, más la pena accesorias pre.....