DESICION:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado Quinto En Funciones de Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Zulia Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela y Por Autoridad De La Ley ACUERDA: PRIMERO: LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, de conformidad con lo previsto en el Articulo 331 del Código Orgánico Procesal Penal. Se convoca a las partes a que concurra al Tribunal de Juicio que le Corresponda SEGUNDO: SE MANTIENE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, DECRETADA EN SU OPORTUNIDAD EN CONTRA DEL Acusado DANNY ALEXANDER GONZALEZ RODRIGUEZ: De Nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, nacido el 18-11-1987, de 21 años de edad, hijo de Belkis Rodríguez y Danny González, titular de la Cédula de Identidad N° 19.838.244, residenciado en el barrio el manzanillo, avenida 25, casa N° 24C-53, detrás del Abasto el porvenir, Municipio San Francisco. Se deja constancia que se cumplieron con las formali.....