Se ORDENA LA APERTURA AL JUICIO ORAL y PUBLICO, seguido en contra del acusado: JHONNY GUILLERMO NUÑEZ EBRAT, por la comisión del delito DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, de previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilicito y el Consumo de Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de: EL ESTADO VENEZOLANO y se emplaza en este acto a las partes para que el plazo común de cinco (5) días, concurran ante el Juzgado de Juicio que le corresponda conocer de la presente causa. Se remite al Departamento del Alguacilazgo a los fines de ser distribuido al Juzgado de Juicio que corresponda.-Se deja constancia que se cumplieron con las formalidades de Ley y que el acto concluyó, siendo las 2:15 de la tarde- Término, se leyó y conformes firman.