Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los acusados EVERT ALBERTO RINCÓN ORTEGA, venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, de 18 años de edad, no porta cédula de identidad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Ayudante de Mecánica, hijo de Yasmira Mercedes Rincón Ortega y Antonio Ruiz (d), residenciado en el sector Belloso, No. 13-11, no recuerda el número de la calle, en toda la esquina de Repuestos Bolívar, Municipio Maracaibo Estado Zulia; a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en concordancia con el artículo 83 Ejusdem, cometido en perjuicio de los ciudadanos HERLIN HUGO CHÁVEZ VILCHEZ y HUGO CHÁVEZ; y a JESÚS ÁNGEL GAMBOA CAMPOS, venezolano, natural de M.....