Este Juzgado procedio a PONER EN ESTADO DE EJECUCIÓN la sentencia dictada por el mencionado órgano jurisdiccional, y en tal sentido, se pasa a computar el tiempo de cumplimiento de la sanción impuesta de la siguiente manera: El adolescente NOMBRE OMITIDO (GARANTÌA DE CONFIDENCIALIDAD. ART.545 LOPNA) fue detenido en fecha 07-02-2006, por lo cual hasta el día de hoy lleva detenido 03 MESES Y 23 DÌAS, faltándole por cumplir 01 AÑO, 04 MESES y 07 DÌAS, debiendo cumplir la sanción hasta el día 07 DE OCTUBRE DE 2008.Se acuerda convocar Audiencia Oral y Reservada para el día MARTES 14 DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SEIS, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, a los fines de proceder a la revisión en cuanto al cumplimiento de la sanción impuesta. Ahora bien, Vista la incomparecencia del adolescente NOMBRE OMITIDO (GARANTÌA DE CONFIDENCIALIDAD. ART.545 LOPNA) Z, se ordena fijar nueva oportunidad para la celebración de la Audiencia Oral de lectura de Cómputo de la sanción que le fue impuesta para el día MARTES 27 D.....