este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA Y BAJO LA PROTECCIÓN DE DIOS, Administrando Justicia, en uso de las atribuciones que confiere el Artículo 647 literal "A y "E" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Mantener las sanciones de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conductas, al joven adulto SE OMITE. GARANTÍA DE CONFIDENCIALIDAD. ARTICULO 545 LOPNA, así mismo, con relación a la sanción de Libertad Asistida continuar la misma ante la Oficina de Libertad Asistida manteniendo el desarrollo del Plan del Delegado de Prueba conforme lo establezca este. SEGUNDO: Se insta al Delegado de Prueba a continuar con la vigilancia del cumplimiento de la sanción impuesta al prenombrado joven adulto y remita a este Tribunal los informes relacionados con el cumplimiento del mismo. TERCERO: Se a.....