En mérito de los razonamientos de hecho y derecho este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PRIMERO DE JUICIO DE LA SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara autor, culpable y penalmente responsable al adolescente (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA), venezolano, natural de Maracaibo, estado Zulia, de 18 años de edad, nacido en fecha 11-11-1991, titular de la cédula de identidad N° (SE OMITE), de profesión u oficio indefinida, residenciado en (SE OMITE), por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano DELIO AMADO GARCIA PINTO, y en consecuencia conforme al artículo 603 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, lo CONDENA por la imputación que le hiciere la F.....