Por los fundamentos antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Declarar Con Lugar la solicitud de la Defensa Pública por la Defensora Pública Tercera Especializada, ABOG. YAJAIRA FINOL, en su carácter de Defensora del adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNA), a quien se le sigue causa signada bajo el No. 1M-274-08, por su presunta participación en la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION EN CALIDAD DE COAUTOR, previsto en el Artículo 405 en concordancia con el último aparte del Artículo 80 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ARISTIDES ROMERO SALAZAR y por el delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES EN CALIDAD DE COAUTOR, previsto en el Articulo 415, en concordancia con el Artículo 413, ambos del Código Penal, en perjuicio del.....