Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, sección Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLINA LA COMPETENCIA de la presente causa penal, únicamente para el conocimiento de las actuaciones que guardan relación con el ciudadano (NOMBRE OMITIDO EN APLICACION DEL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA), a quien se le sigue causa penal por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, en calidad de coautores, previsto y sancionado en los artículos 455 y 458 del Código Penal, en concordancia con los artículos 80 y 83 primer aparte ejusdem, y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del texto sustantivo penal, en perjuicio del ciudadano JONATHAN EDUARDO BOSCAN FERRER y el ESTADO VENEZOLANO; a un Juzgado de Control Penal Ordinario de este Circuito Judicial Penal, par.....