Por lo tanto no habiéndose cumplido los requisitos exigidos por la norma adjetiva, para uno de los Fiadores Solidarios y no obstante estar correcto los recaudos de los otros dos Fiadores ciudadanos MILAGROS DEL VALLE URDANETA, HEBERT OLMEDO, considera quien aquí decide que el estar en presencia de un proceso penal debe haber un mínimo de respeto ante la autoridad que se presenta unos recaudos, por considerar la conducta de quienes los presentan temeraria y de irrespeto a la dignidad y decoro del Tribunal que los recibe, es por lo que quien aquí decide niega la Fianza solicitada, a los fines de dictar una medida menos gravosa al imputado (NOMBRE OMITIDO EN RAZON DE LA CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNA), por cuanto si bien es cierto que dos de los fiadores presentados ofrecen garantía no menos cierto es que el solo hecho de pretender engañar al Tribunal con los recaudos de uno de los fiadores, evidencia la temeridad no solo de uno de los Fiadores Ofrecidos que presenta la constancia falsa.....