SE CONCEDE A LA FISCALIA TRIGESIMO OCTAVA DEL MINISTERIO PUBLICO, el plazo de TREINTA (30) DIAS, para presentar el acto conclusivo en el presente asunto; lapso éste computado a partir del día siguiente a la presente decisión, es decir, del día DIECISEIS (16) DE OCTUBRE DEL DOS MIL OCHO (2.008), ordenándose NOTIFICAR al ciudadano EDGAR RAMON COLINA CHIRINOS, en su carácter de víctimas de los hechos, y REMITIR las presentes actuaciones a