DECLARA CULPABLE al CONFIDENCIALIDAD , titular de la cédula de identidad N° 27.847.363, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el Ordinal 5° del Artículo 5 y 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, TRÁFICO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el Artículo 124 de la Ley para el Desarme y Control de Armas, y Municiones, y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el Artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 371 y 375 del Código Orgánico Procesal Penal vigente.
QUINTO: Se IMPONE al acusado CONFIDENCIALIDAD , titular de la cédula de identidad N° 27.847.363, como sanción unas medidas de las denominadas IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, por un plazo de cumplimiento de SEIS (06) MESES y SERVICIOS A LA COMUNIDAD por el plazo de cumplimiento de TRES (03) .....