Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, garantista del debido proceso, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en uso de las atribuciones y facultades que le confieren los artículos 578 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 330 del Código - Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Especial RESUELVE: PRIMERO: Se ADMITE EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES la Acusación Fiscal, en contra del adolescente acusado (SE OMITE EL NOMBRE DEL ADOLESCENTE POR CONFIDENCIALIDAD ESTABLECIDO ARTICULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE) por el delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal Venezolano, EN CALIDAD .....