...En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Garantísta del debido proceso y en uso de las atribuciones que le confiere el articulo 555 en concordancia con el articulo 282 del Código Orgánico Procesal Penal, relativo a los principios y garantías, RESUELVE: PRIMERO: REVISA LA MEDIDA CAUTELAR, prevista en el literal "C" del artículo 582 de la Ley Especial, impuesta al adolescente NOMBRE OMITIDO, en el cual se le exigen presentaciones periódicas por ante la Sede Judicial. SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensora Pública Especializada Dra. GYOMAR PEREZ COBO, en su carácter de Defensora del Adolescente antes mencionado. TERCERO: Se prescinde de la Medida Cautelar prevista en el literal "C" del artículo 582 de la Ley Especial.....