JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, garantista del debido proceso, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: CONCEDER AL MINISTERIO PUBLICO EL LAPSO DE CIENTO VEINTE DIAS CONTADOS A PARTIR DE LA PRESENTE FECHA, para dictar un acto conclusivo en la presente Causa seguida en contra del adolescente (SE OMITE SU NOMBRE EN VIRTUD DEL PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD ART.545 LOPNA), por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN CALIDAD DE COMPLICE, cometido en perjuicio del ciudadano JHONATHAN BRACHO, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se mantiene la medida cautelar contenida en el literal "c" de conformidad con el artículo 582 de la Ley Orgánica para la Pro.....