Se declara autor, culpable y penalmente responsable al adolescente NOMBRE OMITIDO ART.545 LOPNNA, plenamente identificado en las actas procesales, por la comisión de los delitos de ROBO EN LA FIGURA DE ARREBATON previsto y sancionado en el artículo 456 parte in fine del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana LESLIE SHAKIRA RINCON NUÑEZ y el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO.
SEGUNDO: Tomándose en cuenta las pautas establecidas en el artículo 622 de la Ley Orgánica para la Protección del los Niños, Niñas y Adolescentes, se le impone como sanción a cumplir la medida de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, prevista en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, POR UN PLAZO DE CUMPLIMIENTO DE UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES, no siendo procedente en criterio de esta Juzgadora la apl.....