En mérito de los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos, es por lo cual, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Poner a la orden y disposición nuevamente del Tribunal Décimo Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, al ciudadano NOMBRE OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA, a los fines legales consiguientes, pues ello se encuentra en consonancia con el principio de justicia del que trata el artículo 2 de Nuestra Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en aplicación del principio de la equidad.
SEGUNDO: Se ordena remitir la presente causa, al Juzgado Décimo Tercero de Control en materia Penal Ordinaria que por Distribución le correspondía conocer de la presente causa seguida en contra del ciudadano NOMBRE OMITIDO .....