este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN ADOLESCENTE del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA EL ARCHIVO DE ESTAS ACTUACIONES, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5, en concordancia 6 ordinales 1°, 2° y 3° de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano RICARDO JOSE CARRASQUILLA VILLASMIL; y , el CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, prevista en el Artículo 582, Literales "c", "e", y "f" de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, a favor del joven NOMBRE OMITIDO ART 545 DE LOPNNA, en razón de haber precluido el lapso de la Fiscalía 31° Especializada del Ministerio Publico para presentar el Acto Conclusivo correspondiente, de conformidad con el Artículo 313 Y 314 del Código Orgánico Procesal Penal. Regí.....