INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, el recurso de apelación, interpuesto por la ciudadana ANGELIS MENGUAL AGAMEZ, en su condición de víctima por extensión, debidamente asistida por la ABG. DAIBELYS PEREZ, en contra de la sentencia Nro. 001-18, dictada en fecha 19 de febrero de 2018, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 111 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y 428 literal "b" del Código Adjetivo Penal, aplicado por remisión expresa del artículo 67 de la Ley Especial de Genero, atendiendo además a la Sentencia vinculante Nro. 1268, dictada en fecha 14 de Agosto de 2012, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Exp. Nro. 11-0652.