DECISIÓN
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte Superior del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la inhibición propuesta de conformidad con lo establecido en el artículo 86, numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal, por el Dr. ISMAEL GARCIA BASTIDAS, en su carácter de Juez Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se inhibió del conocimiento de la causa distinguida por el despacho a su cargo bajo el N° 1M-293-08, seguida en contra del acusado (se omite la identificación de conformidad con lo previsto en el artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado en la ejecución del delito de Robo Agravado en la mod.....