Por los fundamentos antes expuestos, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos, interpuesto por el Abogado JOSÉ DE LOS SANTOS MARÍN SILVA, actuando con el carácter de Defensor Privado del Ciudadano JAIRO ENRIQUE GONZALEZ, en contra de contra de la Decisión, de fecha 01-10-2015, dictada por el Tribunal Único de Primera Instancia en Funciones de Ejecución con Competencia en Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del estado Zulia.
SEGUNDO: ADMISIBLE, el escrito de contestación interpuesto por Jhoseline Salazar Segovia y Ali Morales Avilé, en su carácter de Fiscala Provisoria Vigésima Séptima y Fiscal Auxiliar Vigésimo Séptimo del Min.....