DECISIÓN
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte Superior del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la inhibición propuesta por la Dra. LEANY EVELIN BELLERA SANCHEZ, en su carácter de Jueza Profesional integrante de la Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se inhibió del conocimiento de la causa N° 1A-375-09, relativa a la Acción de Amparo Constitucional, incoada por el abogado en ejercicio GERMAN GRATERON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 53.608, actuando en nombre y representación del adolescente (se omite la identificación de conformidad con lo previsto en el artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), a quien se le sigue causa por.....