¿ INADMISIBLE, por las argumentaciones expresadas en los fundamentos de hecho y derecho que conforman la Motiva, la demanda incoada por el ciudadano JUAN JOSÉ SUAREZ CARRIZO, contra los ciudadanos y ciudadanas ROSENDA ELISA SUAREZ CARRIZO, DANNY CARLOS SUAREZ CARRIZO, ESMILDA COROMOTO SUAREZ CARRIZO, MIRLA COROMOTO SUAREZ CARRIZO y EDERWIN RAMÓN SUAREZ CARRIZO, todos debidamente identificados en las actas del proceso.
¿ SIN LUGAR, la actividad recursiva ejercida contra la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 26 de abril de 2010.
¿ Dada la naturaleza de lo decidido, no se especial pronunciamiento en costas.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinale.....