EL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el profesional del derecho ADOLFO ROMERO, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, la Cooperativa LA CONCEPCIÓN, CONTRUCCIONES Y EQUIPOS, ya identificados, contra el auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 30 de julio de 2014, sólo por lo que respecta a la negativa de la admisión de la promoción de "...EXHIBICIÓN DE DOCUMENTO...".
Queda de esta manera confirmada la decisión recurrida, aunque por distinta motivación.
No se condena en costas procesales a la parte apelante, en razón de no haber sido confirmada en .....