Por los fundamentos expuestos, y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• Competente para conocer el RECURSO DE HECHO, interpuesto por la profesional del derecho CHRISTINE GILARRANZ WICKLIFF, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil Seguros Constitución, a los efectos que el Juzgado Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, ordene a dicho juzgado, si fuere el caso, oiga la apelación interpuesta contra la decisión de fecha 18 de septiembre de 2013, que declara firme el decreto intimatorio dictado en el expediente No. 6248 de la nomenclatura de dicho Juzgado; y, por vía de consecuencia,
• El procedimiento a seguir en la p.....