CON LUGAR la inhibición propuesta por la Dra. LORENA RIVAS ROSARIO, en su carácter de Juez Accidental del Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA sigue el ciudadano FRANCISCO JUNIOR DUARTE SALAZAR, contra la Sociedad Mercantil INVERSIONES DUARTE MEDINA C.A. (INDUMECA), plenamente antes identificados.
Se deja expresa constancia, que este Tribunal producirá su decisión procesal, dentro del lapso previsto en el artículo 522 del Código del Procedimiento Civil.
Con vista a la naturaleza de la presente decisión, no se hace expresa condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil, y a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del artículo 72 d.....