Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR, la actividad recursiva ejercida por los profesionales del derecho TITO ORDOÑEZ y HEBERTO LEAL, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano JESÚS ANGEL VALBUENA, plenamente identificado en actas, en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 20 de julio de 2016.
• QUEDA CONFIRMADO el fallo apelado en todas sus partes.
Dada la naturaleza de esta decisión, se condena en costas procesales a la parte demandada, de conformidad con lo previsto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
REGISTRESE y PUBLIQUESE. Déjese copia certificada por Sec.....