Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR, la actividad recursiva que se ejerció contra la sentencia que declaró la improcedencia de la perención de la instancia en la presente causa; y, por vía de consecuencia,
• QUEDA CONFIRMADA, la decisión del a-quo, dictada en el juicio de SIMULACION seguido por el MANUEL NAVAF AL-ABDALLAH AL-ABDALLAH, contra el ciudadano JESUS ENRIQUE CARMONA y la SOCIEDAD MERCANTIL N & C CONSULTORES S.A., en fecha 10 de mayo de 2017.
No se hace especial pronunciamiento sobre las Costas Procesales en virtud de lo decidido.
REGISTRESE y PUBLIQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Cód.....