Dispositivo.
Por todas las consideraciones vertidas en la parte motiva del presente fallo, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio de NULIDAD DE COMPRA VENTA intentado por la ciudadana YGLE ANTONIA CUEVA MOSQUERA contra los ciudadanos ABDIAS MATOS, MACK DAVID KELLER KALIAN y MARIA VICENTA MELENDEZ DE KELLER, todos identificados en la narrativa de la presente decisión. DECLARA:
1. CON LUGAR , la apelación interpuesta por la profesional del derecho JAZMIN DEL C. GOMEZ, en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos co-demandados MACKA DAVID KELLER KALIAN y MARÍA VICENTA MELENDEZ DE KELLER, contra la decisión proferida por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, de fecha 22 de junio de 2004.
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