Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR, la actividad recursiva ejercida contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 13 de junio de 2017; por ende,
• QUEDA CONFIRMADA la sentencia apelada, y en consecuencia, se declara CON LUGAR la Cuestión Previa referida a la Cosa Juzgada, prevista en el ordinal 9° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la sociedad mercantil demandada, PAP OIL, S.R.L, contra la sociedad mercantil PRODUCTION TECHNOLOGY INTERNATIONAL, C.A., ambas debidamente identificadas en las actas procesales.
En virtud de lo decidido, se condena en .....