Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la actividad recursiva ejercida por el profesional del derecho EMIL GUSTAVO DÍAZ CHACIN, antes identificado en actas, actuando en su propio nombre y representación como parte demandante en el presente proceso, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 07 de diciembre de 2017.
SEGUNDO: Se ordena al Juez de Primera Instancia a quien corresponda, admitir la demanda de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales que interpuso el ciudadano Emil Díaz Chacín en contra del ciudadano Luís Daniel Rodríguez Oduber, ambos identificados en actas.
TERCERO:.....