¿ IMPROCEDENTE, el pedimento de decreto de medidas nominadas sobres las cuales se pronunció el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en decisión de fecha 21 de enero de 2010, formulado por el profesional del derecho NERIO LEAL, apoderado judicial de la parte demandante; y, en consecuencia,
¿ SIN LUGAR, la actividad recursiva ejercida contra la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en la ciudad de Cabimas, en fecha 21 de enero de 2010.
¿ Queda de esta manera CONFIRMADA la decisión apelada, aunque por distintas razones a las dictadas en el cuerpo de dicho fallo.
¿ No se hace especial pronunciamiento sobre costas procesales, en virtud de que no hubo contención.
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Códig.....