Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la inhibición propuesta por el Dr. JOSÉ GREGORIO NAVA, en su carácter de Juez Titular del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN) sigue la Ciudadana JAIZA MILAGROS PEROZO BORJAS en contra del Ciudadano OTTO GERARDO BASTIDAS RODRIGUEZ, plenamente identificados.
Se deja expresa constancia, que el lapso subsiguiente es el previsto en el artículo 517 del Código del Procedimiento Civil, luego de notificadas las partes intervinientes.
Con vista a la naturaleza de la presente decisión, no se hace expresa condenatoria en costas.
Publíquese. Regístrese y Notifíquese. Déjese copia certifica.....