¿ SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la profesional del derecho YENNY LINARES, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadana EMILIA COLMENARES DE BAVARESCO, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas en fecha 16 de septiembre del año 2009;
¿ CONFIRMADA la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas en fecha 16 de septiembre del año 2009, con todas sus consecuencias de Ley.
No se hace condenatoria en costas procesales en virtud de lo decidido.
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil, y a los fines previstos en los ordinales 3 y .....