Dispositivo.
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la profesional del derecho IRAYDA ROTHE NORIEGA, el 21 de agosto de 2003, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana JUANA DE AMERICA CAÑIZALEZ TALAVERA, contra la resolución dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, el 13 de agosto del presente año.
2. No se condena en costas procesales a la parte apelante, por cuanto no hay controversia en la presente decisión.
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con.....