Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SUPERIOR OCTAVO AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
A.- CON LUGAR la Inhibición del Órgano Jurisdiccional subjetivo del Juzgado Accidental de Primera Instancia del Tránsito y Agrario del Estado Zulia, doctor ALEXIS EMIRO PELUFFO ROMERO, con motivo del juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS seguido por la ciudadana VERONICA DEL CARMEN SEGOVIA DE MAGNANINI en contra del ciudadano ANTONIO LUIS NUÑEZ Y OTROS; la cual obra en contra del apoderado judicial de la parte demandante.
B.- Se aparta del conocimiento de este asunto al Dr. ALEXIS EMIRO PELUFFO ROMERO, en su carácter de Juez Accidental de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de esta misma Circunscripción Judicial.
C.- Se bajan las copias certificadas y se remiten al Juzgado a quo, a los fines administrativos judiciales consiguientes.
D.- Notifíquese al su.....