PRIMERO: SE DECLARA que en la presenta causa, ha operado de hecho y de derecho LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA prevista en el artículo 182 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en el presente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, interpuesto por la abogada en ejercicio GLENY VILLAMIZAR GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.166.725 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 23.417, en representación del ciudadano MARTÍN ANDRÉS ROMERO VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 18.571.251, contra el acto administrativo dictado por el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, mediante reunión Nº 16-06, de fecha veintinueve (29) de junio de 2006, mediante la cual se acordó el INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE RESCATE Y ACUERDO DE MEDIDA CAUTELAR DE ASEGURAMIENTO, sobre un lote de terreno perteneciente al fundo denominado "RÍO GRANDE", constante de una superficie aproximada de TRESCIENTAS SETENTA HECTÁREAS CON DOS MIL DOSCIENTOS.....