DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA, incoado por el ciudadano CARLOS RAMÓN SOLANO BRITO, contra la ciudadana KATIUSKA CHIQUINQUIRÁ ÁVILA SOLANO, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada-recurrente, la ciudadana: KATIUSKA CHIQUINQUIRÁ ÁVILA SOLANO, asistida por la abogada en ejercicio AURYMARY SALAS SANTOS, en fecha 24 de enero de 2018. Y ASÍ SE DECIDE
Se exime de condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil, por haber acuerdo expreso en tal sentido en la aludida diligencia de fecha 24 de enero de 2018.
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE.
A los fines previstos por el artículo 248.....