Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con ocasión del RECURSO DE HECHO interpuesto en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE VENTA sigue la ciudadana ALEXANDRA DEL VALLE VILORIA COLMENARES en contra de los ciudadanos JESÚS FERRER y PATRICIA ALBORNOZ, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto por el abogado LUIS TRUJILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 123.039, quien se atribuyó el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ALEXANDRA DEL VALLE VILORIA COLMENARES, contra auto proferido en fecha 10 de diciembre de 2015, por el TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la aludida.....