Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD, sigue el ciudadano ANTONIO GUTIERREZ GUILLEN, en contra de la sociedad mercantil SUPLIMOTORS, C.A., declara CON LUGAR la INHIBICIÓN para conocer del mismo, planteada por la Dra. ADRIANA MARCANO MONTERO, en su condición de Jueza del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.