Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoado por la sociedad mercantil EMPRESA CONSALVI, contra, la sociedad mercantil PUBLI OFERTAS, C.A., declara:
PRIMERO: INADMISIBLE, el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio ANDRÉS RAÚL MOLINA MENA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil PUBLI OFERTAS, C.A., antes identificados, contra la decisión proferida en fecha 20 de diciembre de 2016, por el TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en consecuencia,
SEGUNDO: SE REVOCA, el auto de fecha 13 de enero de 2017, .....