Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: RATIFICA el Fallo dictado por el JUZGADO DECIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con fecha veinte (20) de Octubre del año dos mil tres (2003); y, en consecuencia, se REVOCA la providencia dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Oficio de fecha 29 de Septiembre de 2003, signado con el No. 11.046.
SEGUNDO: DECLARA COMPETENTE para conocer de la causa a la cual se refiere la presente Incidencia, a un Juzgado de la Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, que resulte competente en vista de la Distribución a que debe ser sometida la prese.....