PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada en ejercicio MARÍA GABRIELA PUCHE AMESTY, actuando en su propio nombre y representación, parte actora en la presente causa, contra la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto De Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha en fecha 18 de febrero de 2022.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto De Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia en fecha en fecha 18 de febrero de 2022.
TERCERO: SE DECLARA INADMISIBLE la demanda que por COBRO DE HONORARIOS PROFECIONALES fue incoada por la ciudadana MARÍA GABRIELA PUCHE AMESTY en contra de la Sociedad Mercantil CORPORACION LAMAR C.A., ambos plenamente identificados en autos.
CUARTO: SE CONDENA en costas del proceso a la parte actora por resultar totalmente vencida en el presente juicio en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.....