Por los razonamientos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República, administrando justicia por autoridad de la ley, declara:
1. ADMITE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano JOSÉ ÁVILA AGUILAR, identificado en actas, contra los ciudadanos CORALISA DE JESÚS CASTILLO, YANETH DEL CARMEN CASTILLO, OVER JOSÉ HERNÁNDEZ y YAJAIRA CHIQUINQUIRÁ BOZO CASTILLO, identificados en actas, por lo que se ordena proceder conforme a lo expuesto en la parte expositiva del fallo para celebrar la audiencia oral y pública a que se contrae la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.-
2. ORDENA la notificación de los ciudadanos CORALISA DE JESÚS CASTILLO, YANETH DEL CARMEN CASTILLO, OVER JOSÉ HERNÁNDEZ y YAJAIRA CHIQUINQUIRÁ BOZO CASTILLO, quienes son venezolanos, mayor.....