Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación intentada por el abogado RODRIGO RAMÓN OCHOA, en fecha 18 de diciembre de 2006, en representación de la parte demandada en este juicio, contra la sentencia dictada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 08 de noviembre de 2006.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 08 de noviembre de 2006.
TERCERO: LA NULIDAD de todas las actuaciones a partir del auto de fecha 27 de septiembre de 2005; en consecuencia, SE REPONE la causa, al estado de que se designe nuevo de.....