PRIMERO: CON LUGAR los recursos de apelación ejercidos por el profesional del Derecho EUGENIO ACOSTA URDANETA, en su condición de SÍNDICO DEFINITIVO, y por el ciudadano LUIS HENRIQUE RINCÓN ANTÚNEZ, en su condición de VICE-PRESIDENTE de la Sociedad Mercantil FLAGS INTALACIONES, C.A., debidamente asistido por el abogado en ejercicio MARCOS SEGUNDO GIMÉNEZ GONZÁLEZ, contra el auto dictado en fecha 21 de julio de 2022, por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: Se declara NULO el auto dictado en fecha 21 de julio de 2022, por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en virtud del vicio de falso supuesto de hecho delatado por esta Alzada.
TERCERO: SE ORDENA al JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a librar edicto.....