PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado RAFAEL DIAZ OQUENDO, actuando en representación de la parte demandada, sociedad mercantil DECON EX, C.A; contra la decisión dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 29 de enero de 2009; en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue la ciudadana YUSELIN CRISTINA OJEDA HERNANDEZ, contra la sociedad mercantil DECON EX, C.A., todos antes identificados.
SEGUNDO: SE REVOCA la resolución proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 29 de enero de 2009; en consecuencia se declara:
¿ Con Lugar la oposición a la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, formulada por la abogada MARIANGEL CONTRERAS RANGEL, actuando en representación de la parte demandada, sociedad mercantil DECON EX, C.A, en fecha 04 de diciembre de 2008.....