IV
DISPOSITIVA.
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación, efectuada por los abogados ERIC HUERTA CARDENAS e IVAN CAÑIZALEZ LUQUE, actuando en representación de la ciudadana MORELA MERCEDES ROMERO SERRANO, identificados plenamente con anterioridad en esta misma Sentencia.
SEGUNDO: CONFIRMA la Sentencia dictada por el JUZGADO
CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, del 04 de marzo de 2005, en el sentido de confirmar el límite máximo o porcentaje de las medidas precautivas dictadas por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en el auto de fecha 14 de noviembre de 2004 en el juicio seguido por la ciudadana MORELA MERCE.....