Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el presente Recurso de Hecho intentado por el Profesional del Derecho DANIEL RINCÓN MONTIEL, actuando con el carácter de Defensor Ad-Litem de la Sociedad Mercantil “CIAN & FRESCHI ASOCIADOS, C.A.”, y también de los ciudadanos FABIO PEDRO GRESCHI y MICHELE CIAN FABRO, todos plenamente identificados con anterioridad, contra la decisión dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, de fecha veintidós (22) de Septiembre del año dos mil tres (2003), que oyó la apelación interpuesta en fecha veinte (20) de Octubre del año dos mil tres (2003), en el solo efecto devolutivo. En consecuencia, se ordena al JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MER.....