PRIMERO: IMPROCEDENTE la denuncia de CONFESIÓN FICTA, alegada por la parte actora.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE la defensa perentoria de la FALATA DE CUALIDAD PASIVA esgrimida por la parte codemandada.
TERCERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el profesional de derecho IVÁN PÉREZ PADILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 26.096, actuando como apoderado judicial de la parte codemandada, ciudadanos MAYRA ALEJANDRA CHACÍN NUÑEZ, RAFAEL ÁNGEL CHACÍN NUÑEZ, LORELYS DEL VALLE CHACÍN NUÑEZ, contra la sentencia dictada en fecha 30 de septiembre de 2021, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en el juicio que por DECLARACIÓN DE CONCUBINATO, sigue la ciudadana JANET COROMOTO ATENCIO PETIT, contra los ciudadanos MAYRA ALEJANDRA CHACÍN NUÑEZ, RAFAEL ANGEL CHACIN NUÑEZ, LORELYS DEL VALLE CHACIN NUÑEZ, RAFAEL ANGEL CHACIN ATENCIO Y ALBELINA COROMOTO CHACIN ATENCIO.
CUARTO: SE CONFIRMA la sent.....